|
REGLAMENTO ACADEMICO
- EQUIVALENCIAS
Los aspirantes a obtener equivalencias de estudios cursados en
otros establecimientos, deberán iniciar el correspondiente
trámite antes del 30 de Abril.
Los aspirantes que completen ese requisito, dispondrán de
un plazo adicional de treinta días para presentar la documentación
definitiva.
No se considerarán los pedidos de equivalencias que no hayan
completado la documentación definitiva dentro de la fecha
indicada.
Documentación necesaria
a. Para Profesionales con título
obtenido:
Fotocopia del Título Universitario o Terciario de la disciplina
de competencia, debidamente legalizado.
b. Para quienes tienen estudios terciarios/universitarios
incompletos:
Constancia de materias aprobadas con fecha y nota o fotocopia
del libro Matriz o fotocopia del certificado final de estudios (analítico).
Programas de las asignaturas correspondientes a las materias
que soliciten por equivalencia. Los contenidos de los programas
deberán ser iguales o equivalentes a los que se dictan en
el I.C.I.. Además, deberá constar si las asignaturas
son anuales o cuatrimestrales y la carga horaria asignada a la misma.
Los Programas deberán estar legalizados solamente por el
establecimiento que los emite.
Sólo podrán tramitarse equivalencias de las asignaturas
del cuatrimestre en el cual se encuentra matriculado el alumno.
El aspirante podrá tener como aprobadas, por equivalencia,
hasta el 50% del total de las asignaturas que comprenda el plan
de estudios del Instituto de Capacitación Inmobiliaria
Se considera documentación definitiva a la que esté
legalizada por las autoridades correspondientes a cada jurisdicción.
Constancia de materias aprobadas, legalizada
por:
A. Institutos terciarios de la ciudad
de Buenos Aires: Santa Fé 4358 (Institutos de Gestión
Privada) o Bolivar 191.
B. Institutos terciarios de otras jurisdicciones:
Autoridades educativas de la respectiva jurisdicción.
C. Universidades Nacionales o Privadas:
Autoridades de la Universidad
|